Objeto del trámite
Programa dotado con 1,5 millones de euros y dirigido a fomentar la realización de inversiones productivas y tecnológicas de las pequeñas y medianas empresas de la Región de Murcia mediante la concesión de subvenciones a fondo perdido con el objetivo de recuperar la liquidez empresarial tras la crisis sanitaria, así como el apoyo en inversiones destinadas a proveer a la empresa de los elementos de protección y seguridad necesarios para poder llevar a cabo la actividad económica evitando posibles contagios de coronavirus.
¿Quién puede solicitar esa ayuda?
Autónomos o personas jurídicas comprendidas en la definición de pyme, que se enfrentan a una falta de liquidez o a otro tipo de perjuicios significativos a raíz del brote de COVID-19, y, en general, cuyos resultados económicos se vean afectados como consecuencia del estado de alarma decretado a raíz del COVID-19, que realicen inversiones en centros de trabajo radicados en la Región de Murcia, siempre que tenga su sede social en España, y dedicadas a cualquier sector de actividad.
Costes elegibles
Adquisición de activos materiales e inmateriales nuevos, sin limitación en cuanto a su importe, provenientes de terceros para la modernización productiva necesaria para:
- Incorporación de las empresas a fórmulas de teletrabajo y nuevos sistemas de comunicación, al objeto de obtener mejoras de la competitividad de las empresas, favorecer políticas de conciliación de la vida laboral y personal, permitir la integración de personas de movilidad reducida, y en general modernizar la organización interna de las empresas y adaptándolas a los nuevos procesos de gestión telemática.
- Inversiones de elementos de protección y seguridad necesarios para poder llevar a cabo la actividad económica evitando posibles contagios de coronavirus.
Cuantía de la ayuda
Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 50% sobre los costes elegibles para empresas medianas, del 65% para pequeñas empresas y del 85% para microempresas y autónomos, y un importe máximo por beneficiario de 15.000 €.
¿Cuándo solicitarlo?
El plazo de presentación de solicitudes es del 8 de septiembre de 2020 (9 horas) hasta las 24 horas del 30 de septiembre de 2020.
Requisitos
Inversiones realizadas desde el 1 de marzo de 2020.
Más información
Puede consultar toda la información relativa a esta ayuda en la página web del Instituto de Fomento de la Región de Murcia o en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Nota: El contenido de esta información tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar la normativa aplicable.